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Certificado
Digital
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Visado
Electrónico.
Pasos para la obtención del certificado digital. |
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Creado el
Registro de colegiados con formación en materia de Seguridad y
Salud |
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Para
proteger la seguridad y la salud de los trabajadores y de las
personas que puedan verse afectadas durante el desarrollo de
la ejecución de las obras, el Colegio ha regulado la profesión
en esta actividad, creando un
Registro en el que han de inscribirse los colegiados,
con formación preventiva especializada y específica para el
sector de construcción.
| cómo
inscribirse | |
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Normativa Interna. |
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Normas de Visado.
(en proceso de modificación).
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Legislación.
Normativa de Carácter
General. |
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Organización Corporativa: |
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Ley 2/74 de Colegios Profesionales de 13 de febrero
modificada por la Ley 74/78 de 26 de diciembre por la
Ley 7/97 de 14 de abril y por el R.D. Ley 6/2000 de 23
junio, y modificada por ley de 25/2009 de 22 de
diciembre, de modificación de diversas leyes para su
adaptación a la ley sobre el libre acceso a las
actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus). |
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BOE 6 agosto 2010. Real Decreto 1000/2010, de 5 agosto.
Visado colegial obligatorio. La Ley 25/2009, de 22 de
diciembre , de modificación de diversas leyes para su
adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las
actividades de servicios y su ejercicio, incluye la
reforma de la Ley 2/1974, de 13 de febrero , sobre
Colegios Profesionales. |
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Ley de Atribuciones 12/1986.
Ley
de modificación de la Ley 12/1986 .
Informe
Jurídico sobre Atribuciones Profesionales.
Asesoría Jurídica del CITOP.
Promulgada la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de
Sociedades Profesionales, de indudable importancia para la
profesión.
+ información |
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Enseñanzas
Universitarias. |
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Publicada
en el BOE la Orden Ministerial por la que se
establecen los requisitos para la verificación de
los títulos universitarios que habilitan para el
ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de
Obras Públicas.
Información
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Aprobados en el Consejo de
Ministros del 26 de diciembre pasado.
Por
los que se establecen las condiciones a las que deberán
adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención
de los títulos que habiliten para el ejercicio de las
distintas profesiones reguladas de Ingeniero Técnico y de
Ingeniero (BOE del 29-01-09).
Respuesta del CITOP
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El INITE manifiesta su rechazo a la
propuesta formulada por la Dirección General de
Universidades.
La Dirección General de
Universidades renuncia a consensuar las posiciones de todos
los Colegios y Asociaciones implicados e incumple el
“Acuerdo de las Ingenierías”. El anterior equipo ministerial
había asumido y plasmado en sus líneas generales dicho
Acuerdo en el RD 1393/2007 por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
+ Información
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Real
Decreto 55/2005,
de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las
enseñanzas universitarias y se regulan los estudios
universitarios oficiales de grado.
Ver
BOE

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Real
Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se
regulan los estudios universitarios oficiales de posgrado. Ver
BOE

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R.D. de Ordenación de Enseñanzas Oficiales Universitarias.
El Consejo de Ministros, del 26 de octubre de
2007, ha aprobado el Real Decreto de Ordenación de
Enseñanzas Universitarias.
+ información

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ACUERDO ENTRE INGENIERÍAS.
El día 17 de julio de 2007, fué firmado el acuerdo
entre Ingenierías e Ingenierías Técnicas.
+ información
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Una
vez aprobado el
Real Decreto 1393/2007 de Ordenación de las
Enseñanzas Universitarias, por el cual se
establece tres niveles en la enseñanza
universitaria -grado, master y doctorado-, ahora
comienza el proceso de implantación de los nuevos
títulos de Grado que tendrán que empezar a
impartirse el próximo curso 2008-2009.
+ información
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Información de
interés. |
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El
pasado 2 de julio de 2009, Unión Profesional (UP) celebró en el
Consejo del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas,
el seminario
de comunicación dedicado a analizar la comunicación entre las
organizaciones colegiales y los colegiados. El ponente invitado
fue Francisco Barranco, ex director de comunicación de
UGT.
En este seminario Unión Profesional presentó su última
publicación,
Cuaderno de
Comunicación. Colegios profesionales y colegiados, una
iniciativa que parte del Grupo de Trabajo de Comunicación de UP
y que está especialmente destinado a decanos y directivos de las
organizaciones colegiales, además de a sus responsables de
comunicación.
+ información
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Estatutos de la Fundación de la
Ingeniería Técnica de Obras Públicas.
Se
informa a todos los colegiados que el
día 16 de febrero
de 2008 en Oviedo, en Asamblea
Extraordinaria, se aprobaron por unanimidad "Los
Estatutos de la Fundación de la Ingeniería Técnica
de Obras Públicas".
ver

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Aprobado el
Real Decreto 9/2008 que modifica el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico. Se
ha publicado en el BOE el Real Decreto 9/2008 por
el que se modifica el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico. Este Real Decreto, de acuerdo
con los principios del Programa A.G.U.A.
(Actuaciones para la Gestión y Utilización del
Agua) del Ministerio de Medio Ambiente, modifica
la normativa sobre inundaciones e introduce un
nuevo Título relativo a la seguridad de presas,
embalses y balsas de aguas.
+ información
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Comisión de
Seguridad y Salud en las Obras. El
Colegio ha creado, dentro del Área Profesional,
la Comisión
de Seguridad y Salud en las obras.
En este artículo informamos de sus principales
objetivos y de su funcionamiento.
+ información
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Convenio de
colaboración entre el Colegio y EXPOAGUA ZARAGOZA 2008.
Recientemente
el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras
Públicas ha firmado un
convenio de colaboración con EXPOAGUA ZARAGOZA
2008 para que los colegiados puedan
obtener descuentos y ventajas a la hora de acceder
a esta Feria. + información
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PERITACIONES JUDICIALES.
Los
Colegiados que estén interesados en intervenir como
Peritos en asuntos judiciales, deben comunicarlo
al Colegio por escrito, especificando la zona en
la que están interesados.
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FACTOR
DE ACTUALIZACIÓN.
En
reunión de la Asamblea General Extraordinaria
del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas,
celebrada en Madrid el 20 de Septiembre de
2003, se acuerda que a partir de esta fecha se suprime
el Factor de actualización.
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